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¿Cómo crear una empresa?

Actualizado: 13 ene 2022

Primero deberás decidir qué tipo de sociedad quieres crear, los tipos generales de sociedades mercantiles tradicionales en México son:

  • Sociedad en nombre colectivo

  • Sociedad en comandita simple

  • Sociedad de responsabilidad limitada

  • Sociedad anónima

  • Sociedad en comandita por acciones

  • Sociedad cooperativa

Para constituir una sociedad mercantil deberás acudir con un notario o corredor público (con excepción de SAS), quien emitirá el documento constitutivo, el cual deberá contener entre otros rubros:

  1. Los nombres, nacionalidad y domicilio de las personas físicas o morales que constituyan la sociedad.

  2. El objeto de la sociedad.

  3. Su razón social o denominación.

  4. Su duración, misma que podrá ser indefinida

  5. El importe del capital social.






Después deberás seguir los siguientes pasos:


1. Presentar la solicitud ante la Secretaría de Relaciones Exteriores

Es necesario presentar la solicitud ante la Secretaría de Relaciones Exteriores, donde podrás elegir el tipo de denominación social que mejor se adapte a tu negocio. Con esta solicitud te aseguras de que el nombre de tu empresa no esté registrado constitutivamente en el país o en el extranjero con la misma razón social.

2. Creación del Acta Constitutiva

Al tener la aprobación por parte de la Secretaría de Relaciones Exteriores será necesaria la creación del Acta Constitutiva. Este será un documento donde se verá reflejado todo lo relacionado con la compañía y sus asuntos legales: denominación social, objetivo, tipo de empresa, administración y control de esta, duración de la directiva, etc. Al tener lista esta Acta Constitutiva será necesaria presentarla ante el Notario Público o Corredor.

3. Inscribir la empresa ante el Servicio de Administración Tributaria

Cuando el Acta de Constitución esté legalizada, se procederá al siguiente paso que es inscribir la empresa ante el Servicio de Administración Tributaria. Acá se obtendrá el número de Registro Federal Contribuyente (RFC) para obtener la Cédula Fiscal.

4. Presentarse ante el Registro Público de la Propiedad y Comercio

Lo siguiente será presentarse ante el Registro Público de la Propiedad y Comercio, en él se inscribirá la empresa y los bienes inmuebles que la conforman, así como sus fines, objetivos y metas comerciales. Para esto deberás presentar:

  • Acta constitutiva

  • RFC

  • Poder notarial

5. Inscribir la empresa en el Instituto Mexicano del Seguro Social

Ahora procederemos a inscribir la empresa en el Instituto Mexicano del Seguro Social, aunque se trate de una empresa con un único empleado, será necesario que realice aportaciones propias a su cuenta de Seguridad Social. De no hacerlo o hacerlo fuera de tiempo, recibirá una multa por el IMSS.

6. Verificar en qué organismos del Estado corresponde inscribirse

Por último debes verificar en qué organismos del Estado corresponde inscribirse, según el tipo de negocio. Dependiendo de la rama de tu empresa, podrás solicitar inscribirla en algunos de los distintos organismos del Estado, los más comunes son:

  • Secretaría de Ecología y Medio Ambiente

  • Instituto Mexicano de la Propiedad Intelectual

  • Secretaria de Salud

  • Solicitudes de becas



¿Cuánto cuesta constituir una empresa en México 2021?

Para constituir una empresa en México se deben cumplir un aproximado de 6 a 7 pasos, los cuales ya te hemos mencionado. Haciendo una estimación de los costos por constitución, se puede llegar aproximadamente a los $25.000 pesos.


En conclusión deberás cumplir con estos pasos:

AUTORIZACIÓN de uso de denominación

1. CONSTITUCIÓN de la sociedad

2. AVISO de uso de denominación

3. INSCRIPCIÓN de registro Público de Comercio

4. INSCRIPCIÓN de Registro Federal de Contribuyentes

5. ALTA patronal IMSS

6. INSCRIPCIÓN ante los demás organismos requeridos (permisos estatales o municipales que sean requeridos conforme al objeto de la sociedad)


¿Registrarme como persona física o moral?




Emprendiendo como persona física.

Ventajas.

Sin ninguna duda esta es la forma más sencilla de comenzar un negocio de emprendimiento, no requiere gastos legales de inicio como notarios u otros gastos. Bajo esta modalidad literalmente podemos considerarnos “nuestro propio jefe”. Todas las utilidades las podemos disponer libremente con tal solo ir al banco, a diferencia de una persona moral que el flujo de dinero está controlado y se debe justificar cada gasto. Dependiendo de las actividades del proyecto de emprendimiento, se puede acceder al régimen de incorporación fiscal para obtener muy buenos beneficios fiscales en el pago de impuestos. Este último podría ser una de las mayores razones para permanecer operando como persona física.

Desventajas.

El tema de la responsabilidad es de gran relevancia para tomar una decisión. Al operar como persona física con actividad empresarial, somos responsables de forma directa ante cualquier contingencia legal, respondiendo hasta con nuestro patrimonio personal en caso de que el flujo de dinero del proyecto ya no sea suficiente para poder hacer frente a nuestras obligaciones, o sea, pagaríamos con nuestro automóvil, casa, muebles y demás bienes propios o ajenos a la empresa o proyecto.

Ante el fallecimiento del operador del proyecto, literalmente se termina su empresa, y es más complicado dar seguimiento o atención a los compromisos adquiridos en vida y reanudar las actividades por un tercero que lo releve.

Emprendiendo como persona “moral”.

Ventajas.

Sin duda, todos los socios en el proyecto de emprendimiento pueden sumar sus conocimientos y experiencia al proyecto. La idea es que esos conocimientos y experiencia aporten cosas para el desarrollo de la empresa, no que promuevan el estancamiento de ésta o compliquen su rumbo. Desde luego que entre todos los involucrados pueden reunir más capital para financiar los requerimientos del proyecto, y basta con incorporar a nuevos socios para aumentar el capital, si es que el nuevo socio comparte la visión y objeto de la empresa, lo cual no es tan sencillo de encontrar.

Como persona moral (persona jurídica) es más fácil poder obtener créditos o financiamientos, ya que el ente que los proveerá, contará con mayor certeza de que se trata de una empresa que cuenta con un capital fijo, con un domicilio establecido, con una responsabilidad compartida debido a los socios participantes, es decir, con elementos que le darán más confianza para financiarla.

Un factor importante, aunque no precisamente correcto, es el que yo llamo “factor sicológico”, por el que es más difícil que una persona física “conquiste” a ciertos consumidores por ser una persona física; es decir, a la hora de promocionar un producto por parte de Juan N. y una persona moral con una marca y denominación social, es distinto el efecto que causa ante ciertos compradores, principalmente en empresas mediadas o grandes.

Una de las razones de más peso para tomar la decisión de convertirse o constituirse como una persona moral, es la relacionada con contar en la empresa con la figura conocida como “velo corporativo”, que consiste es una especie de “protección” para limitar en ciertos casos la responsabilidad de cada uno de los socios, haciendo frente a esa responsabilidad para cumplir con sus obligaciones con cargo al patrimonio de la persona moral, y no con el patrimonio personal. La propia ley establece que los socios serán responsables hasta el monto representado en acciones de la empresa. Esta limitación de responsabilidad no precisamente aplica para todo tipo de acreedores, como por ejemplo ante las autoridades fiscales, pero es una buena vía para tratar de limitar la responsabilidad empresarial.

Desventajas.

El hecho de que las utilidades deban de repartirse entre todos los socios en función de lo establecido en su acta constitutiva, puede ser visto como una desventaja, por la razón de que no se tiene un control absoluto del flujo de recursos, ya que éstos deben repartirse entre todos los socios, con algunas excepciones que pueden ser previstas en su acta constitutiva.

Es muy cierto el dicho de que dos cabezas piensan mejor que una, pero tratándose de socios, esas dos o más cabezas que piensan diferente, pueden complicar las decisiones y el rumbo de la empresa. Se pueden crear problemas por incompatibilidad de visiones de los socios, hasta el caso de llegar a afectar las relaciones no solo de negocio, sino también las personales. Si duda este es un factor que habrá que sortear para dar un rumbo adecuado a la empresa y no caer al grado de tener un proyecto con gran potencial pero incapaz de crecer por problemas entre los socios.



Para emprendimientos en los que existen más de dos personas involucradas directamente, lo correcto y recomendable es que se constituyan como persona moral, ya que eventualmente cuando tengan un mayor flujo de recursos y haya beneficios a repartir, se debe acreditar la procedencia de esos recursos y así evitar complicaciones de índole contable, fiscal, incluso penal, ya que se considera lavado de dinero al uso de recursos que aún proviniendo de actividades lícitas no pagaron impuestos y que posteriormente se integran al comercio formal; es decir, la legislación anti lavado de dinero no solo aplica para las actividades relacionadas con el secuestro, extorsión, narcotráfico, etcétera, sino que nos aplica a todos y cada uno de nosotros en función de nuestras actividades profesionales y comerciales. Recordemos que nuestras leyes imponen muchas restricciones al uso de dinero en efectivo para adquirir ciertos bienes o servicios, por lo que es indispensable acreditar la procedencia lícita del dinero para que lo podamos gastar sin problema.


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